Alquilar una vivienda en Cantabria es una excelente forma de rentabilizar tu propiedad, pero como propietario, es normal que tengas una preocupación muy clara: ¿qué pasa si el inquilino deja de pagar? En Inmosantander lo escuchamos a diario, y por eso hoy queremos ayudarte a resolver esta duda tan común.

Hay dos formas principales de cubrirte las espaldas frente a los impagos: el seguro de impago de alquiler y el aval bancario. Ambos pueden darte tranquilidad, pero funcionan de forma muy distinta. Aquí te explicamos qué es cada uno, sus ventajas y qué debes exigir siempre para evitar disgustos.

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

Imagina que tu inquilino deja de pagar. Un seguro de impago entra en acción y te garantiza que seguirás cobrando la renta durante varios meses (habitualmente de 6 a 12). Además, incluye abogados que se ocupan de los trámites judiciales si hace falta desahuciar, y algunos seguros incluso cubren desperfectos.

La buena noticia es que antes de contratarlo, la aseguradora hace un estudio de solvencia al inquilino. Si lo aceptan, es porque tiene un perfil fiable.

Como propietario, asegúrate de:

  • Tener una copia de la póliza y comprobar que esté en vigor antes de firmar el contrato.

  • Que el seguro cubra lo que necesitas: meses de impago, defensa jurídica, posibles daños, etc.

  • Solicitar el informe de solvencia donde conste que el inquilino ha sido aprobado.

¿Y el aval bancario? ¿Cómo funciona?

El aval bancario es otro sistema de protección, pero funciona diferente. En este caso, es el banco del inquilino quien se compromete a pagarte si él no lo hace. Para conseguirlo, el inquilino suele tener que bloquear en el banco una cantidad equivalente a varios meses de alquiler, así que solo lo consiguen quienes tienen buena solvencia o ahorros.

Como propietario, revisa que:

  • El aval esté firmado por una entidad reconocida.

  • Sea un aval a primer requerimiento (esto significa que puedes cobrarlo sin tener que ir a juicio).

  • La duración del aval cubra todo el tiempo que dura el contrato de alquiler.

¿Cuál es mejor para ti como propietario?

Depende. En Inmosantander solemos recomendar el seguro de impago por ser más ágil, completo y por incluir defensa legal. Pero si el inquilino te ofrece un buen aval bancario, también es una garantía muy sólida.

Lo importante es que no firmes nada sin una de estas dos garantías activas, y que el perfil del inquilino haya sido bien estudiado. No se trata de desconfiar, sino de ser prudente. Tu tranquilidad lo merece.

Consejos para evitar sorpresas desagradables

Antes de alquilar tu vivienda, recuerda:

  1. Solicita documentación clara: nóminas, contrato laboral y vida laboral.

  2. Fíjate en el perfil personal del inquilino, no solo en lo que gana.

  3. Haz un contrato bien detallado, sin dejar nada al azar.

  4. Confía en profesionales: en Inmosantander te ayudamos a elegir el mejor inquilino y la mejor garantía.

Alquilar puede ser una experiencia muy positiva si se hace con las herramientas adecuadas. Tanto si decides optar por un seguro como por un aval bancario, lo más importante es sentirte respaldado desde el primer día. En Inmosantander llevamos años acompañando a propietarios como tú, y sabemos lo importante que es dormir tranquilo.

¿Quieres ayuda para alquilar tu vivienda con todas las garantías? Estamos muy cerca:

📍 Oficina Centro: Floranes 11 (entrada Plaza de las Cervezas) – ☎️ 942 10 19 99
📍 Oficina Valdenoja: La Pereda 6A – ☎️ 942 88 83 82