Heredar una vivienda puede parecer una ventaja… hasta que empiezan a llegar los recibos. Cuando el piso heredado pertenece a varios copropietarios, surgen dudas comunes pero fundamentales: ¿Quién paga el IBI?, ¿Cómo se reparten los gastos de comunidad?, ¿Qué pasa si hay derramas?, ¿y si uno de los herederos vive en la casa?
En este artículo te explicamos de forma clara cómo se gestionan estos gastos y qué responsabilidades tiene cada parte.
1. El IBI: un gasto obligatorio para todos
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa municipal anual que grava la propiedad del inmueble. En caso de copropiedad, todos los herederos deben pagarlo proporcionalmente a su porcentaje de titularidad.
Importante: si uno de los propietarios no paga su parte, el Ayuntamiento puede reclamar la deuda a cualquiera de los copropietarios, ya que la responsabilidad es solidaria.
2. Gastos de comunidad: más que la limpieza del portal
Cuando el piso heredado forma parte de una comunidad de vecinos, es obligatorio contribuir a los gastos comunitarios ordinarios (mantenimiento, limpieza, luz, seguros, ascensor…).
Estos gastos se reparten también según el porcentaje de participación de cada heredero. Para evitar conflictos, lo ideal es tener una cuenta común o un sistema de gestión que facilite el pago conjunto.
3. Las derramas: el gasto inesperado
Las derramas extraordinarias son pagos puntuales que exige la comunidad para obras importantes como la reparación de la fachada, instalación de ascensor, tejado o cambios estructurales.
En estos casos:
Todos los propietarios deben contribuir según su cuota.
Si uno no paga, los demás deben asumir su parte inicialmente para evitar problemas legales con la comunidad, aunque luego puedan reclamarle lo abonado.
4. Obras dentro de la vivienda: ¿Quién decide y quién paga?
Si los copropietarios deciden hacer obras dentro del inmueble (reforma del baño, cocina, suelos…), es fundamental distinguir:
Obras necesarias o urgentes: deben afrontarse para mantener la habitabilidad (por ejemplo, una fuga de agua o una instalación defectuosa). Si alguien se niega a pagar, el resto puede adelantarse y reclamar su parte.
Obras de mejora o estéticas: requieren el consenso de todos. Si hay desacuerdo, no se pueden realizar sin autorización conjunta.
5. ¿Y si uno de los herederos vive en la casa?
Este es uno de los puntos más delicados. Cuando uno de los copropietarios reside en la vivienda, debe tenerse en cuenta:
Gastos de uso exclusivo: suministros como luz, agua, gas o Internet deben ser abonados por quien reside en el piso.
Gastos generales: el IBI, comunidad y derramas siguen siendo responsabilidad de todos, salvo que se pacte lo contrario.
Compensación al resto: si vive allí sin pagar alquiler, los demás pueden exigir una compensación económica por el uso exclusivo del bien común, e incluso reclamar judicialmente en caso de desacuerdo.
6. Recomendaciones Inmosantander para evitar conflictos
- Estableced un acuerdo por escrito donde se regulen los pagos y usos
- Llevad un registro de todos los gastos y aportaciones de cada heredero.
- En caso de obras, firmad todos los consentimientos por escrito.
- Si un heredero vive en el inmueble, pactad un alquiler o compensación clara.
- Si la gestión se complica, valorad la venta como opción para evitar disputas.
En Inmosantander tenemos una amplia experiencia gestionando pisos heredados. Te ayudamos a organizar los pagos, valorar la vivienda, resolver conflictos entre copropietarios y vender de forma eficaz para que el proceso sea justo y rentable para todos.
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