En Inmosantander sabemos que muchos de nuestros clientes invierten en pisos y viviendas en Cantabria con destino a alquiler turístico, aunque nuestra agencia no gestione este tipo de arrendamientos. Por eso queremos informarte de la nueva normativa autonómica que regula las viviendas de uso turístico (VUT), aprobada el 24 de julio de 2025 y de aplicación desde el día siguiente.
Este cambio legal afecta tanto a quienes están pensando en iniciar esta actividad como a quienes ya tienen una licencia en vigor desde hace años.
Si ya tienes licencia, ¿te afecta la nueva normativa?
La respuesta es sí, aunque con matices.
Viviendas con licencia antes del 3 de abril de 2025:
No necesitan el permiso de la comunidad de vecinos, incluso aunque se trate de un edificio en régimen de propiedad horizontal.
Sin embargo, sí deben adaptarse a los nuevos requisitos técnicos y documentales en un plazo máximo de 8 meses (hasta marzo de 2026).Viviendas registradas después del 3 de abril de 2025:
Además de cumplir con los nuevos requisitos técnicos, sí será necesario el acuerdo favorable de la comunidad de vecinos (aprobado por una mayoría de tres quintos) para poder registrarse como VUT.
Es decir, aunque obtuvieras tu licencia hace dos años, tendrás que incorporar equipamientos y presentar documentación adicional, pero no será obligatorio que tu comunidad de vecinos apruebe la actividad.
Diferencias con la normativa anterior
Hasta ahora, abrir una vivienda turística en Cantabria era un proceso más sencillo y con menos controles:
Antes bastaba con presentar una declaración responsable ante Turismo.
Ahora, además, se exige un informe de compatibilidad urbanística emitido por el ayuntamiento para certificar que el inmueble puede destinarse a uso turístico.
Antes no se exigían medidas específicas de seguridad ni control.
Ahora son obligatorios:
Detector de humo.
Medidor de ruido.
Botiquín de primeros auxilios.
Información turística de la zona (en soporte físico o digital).
Placa identificativa en la entrada, teléfono de contacto y hojas de reclamaciones.
Antes no había intervención de la comunidad de vecinos.
Ahora sí es necesaria en nuevas altas posteriores al 3 de abril de 2025.
Antes la competencia municipal era muy limitada.
Ahora los ayuntamientos podrán limitar el número de VUT por zonas o edificios, atendiendo al interés general.
Ejemplo práctico
Imaginemos que un cliente de Inmosantander compró un piso en Santander en 2023 y lo registró como vivienda turística.
Con la nueva normativa, no necesitará pedir permiso a su comunidad, porque la licencia es anterior a abril de 2025.
Pero sí tendrá que presentar el informe municipal de compatibilidad y equipar la vivienda con todos los requisitos de seguridad y control antes de marzo de 2026.
Si no lo hace, la vivienda podría ser dada de baja en el registro turístico y enfrentarse a sanciones de hasta 75.000 €.
Lo que recomendamos desde Inmosantander
Solicitar cuanto antes al ayuntamiento el informe de compatibilidad urbanística, ya que los plazos administrativos pueden demorarse.
Revisar si la vivienda cumple con los nuevos requisitos de equipamiento y adaptarla lo antes posible.
Conservar toda la documentación actualizada por si se produce una inspección.
Consultar con un especialista fiscal, ya que el arrendamiento turístico tiene obligaciones específicas en materia de IRPF y, en muchos casos, IVA.
Conclusión
Aunque en Inmosantander no gestionamos directamente el alquiler vacacional, nos importa que nuestros clientes estén informados sobre cambios legales que pueden afectar a la rentabilidad de sus inversiones.
Esta normativa trae más control y mayores exigencias, pero también más seguridad jurídica para quienes actúan correctamente.
Si estás pensando en comprar una vivienda en Cantabria para destinarla a alquiler turístico, o ya tienes una y quieres asegurarte de cumplir con la nueva ley, en Inmosantander estaremos encantados de asesorarte en la parte legal, fiscal y de gestión inmobiliaria.
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