Si eres propietario y tienes una vivienda alquilada en Santander o en cualquier punto de Cantabria, es muy probable que en algún momento te hayas hecho esta pregunta:
“¿Puedo rescindir el contrato de alquiler antes de que pasen los 5 años?”

Es una duda totalmente normal. A veces cambian las circunstancias, necesitas la vivienda, quieres venderla o simplemente el alquiler ya no encaja en tus planes. Por eso, en Inmosantander queremos explicártelo de forma clara, sin tecnicismos innecesarios y con ejemplos reales.

La duración mínima del alquiler: lo que muchos propietarios no saben

Aunque en el contrato se haya firmado por un año, la ley protege al inquilino.
Si el arrendador es una persona física (la mayoría de los casos), el contrato tiene una duración mínima obligatoria de 5 años.

Esto significa que:

  • El inquilino puede quedarse en la vivienda hasta 5 años.

  • El propietario no puede rescindir el contrato libremente durante ese tiempo.

Y aquí es donde suelen empezar los problemas… porque no siempre se explica bien al firmar.

Entonces, ¿el arrendador puede rescindir el contrato antes de los 5 años?

En general, no

La norma general es clara, el arrendador no puede romper el contrato antes de los 5 años porque sí.

Ahora bien, la ley contempla algunas excepciones muy concretas en las que sí es posible hacerlo.

Casos en los que SÍ puedes rescindir el contrato antes de los 5 años

🏠 Necesitas la vivienda para vivir tú o un familiar

Esta es la excepción más habitual.

Puedes recuperar la vivienda si la necesitas para:

  • Vivir tú mismo.

  • Que viva tu hijo o tu padre.

  • Que viva tu cónyuge tras una separación o divorcio.

Pero ojo, hay condiciones importantes:

  • Esta posibilidad debe estar recogida en el contrato.

  • Debes avisar al inquilino con al menos 2 meses de antelación.

  • Y la vivienda debe ocuparse realmente en un plazo máximo de 3 meses.

👉 Ejemplo muy común en Santander:
Propietarios que alquilan un piso y, al cabo de un tiempo, uno de sus hijos empieza a trabajar en la ciudad y necesita vivienda. Si el contrato está bien hecho, se puede recuperar legalmente.

Incumplimientos graves del inquilino

Aquí no hay dudas. El contrato puede rescindirse si el inquilino:

  • No paga el alquiler.

  • Subarrienda sin permiso.

  • Causa daños graves.

  • Genera problemas continuos con vecinos.

En estos casos, se puede iniciar un procedimiento legal de desahucio.

Acuerdo entre ambas partes

Si propietario e inquilino llegan a un acuerdo, el contrato puede terminar antes de los 5 años sin ningún problema.

¿Y qué pasa cuando se cumplen los 5 años del contrato?

Aquí es donde muchos propietarios respiran tranquilos.

👉 Una vez cumplidos los 5 años, el arrendador sí puede decidir no renovar el contrato, sin necesidad de justificar nada.

Eso sí:

  • Hay que avisar al inquilino con al menos 4 meses de antelación.

Esto es clave si estás pensando en:

  • Vender un piso alquilado en Cantabria

  • Recuperar la vivienda para otro uso

  • Cambiar de estrategia de inversión

Cuidado con no decir nada, la prórroga automática

Si llegan los 5 años y nadie comunica nada:

  • El contrato se prorroga automáticamente año a año.

  • Puede alargarse hasta 3 años más.

  • Y durante ese tiempo, volverás a tener limitaciones para rescindir.

Por eso insistimos tanto en controlar bien las fechas.

Nuestro consejo como profesionales inmobiliarios en Santander

La mayoría de los problemas con los alquileres no surgen por mala fe, sino por:

  • Contratos genéricos mal redactados.

  • Falta de asesoramiento al alquilar.

  • Desconocimiento de los derechos y obligaciones.

Un pequeño error al principio puede convertirse en un gran problema años después.

¿Tienes dudas sobre tu contrato de alquiler?

Si estás pensando en rescindir un contrato, vender un piso alquilado en Santander o simplemente quieres saber qué opciones tienes, en Inmosantander estamos para ayudarte.

👉 Consúltanos sin compromiso. Revisamos tu caso concreto y te explicamos, con claridad y honestidad, cuál es la mejor decisión para ti y para tu vivienda.